El Servicio de Impuestos Internos (SII) acaba de implementar un nuevo criterio de fiscalización automática basado en el número de transferencias recibidas en tus cuentas bancarias. Tanto personas naturales como empresas que superen ciertos umbrales serán marcadas para un posible requerimiento de información.
En este artículo detallamos:
- Los límites de transferencias que activan la fiscalización
- Qué se considera una transferencia distinta
- Las consecuencias de superar los umbrales
- Recomendaciones para prepararte y justificar tus movimientos
¿Quiénes quedan afectados?
- Cuentas de empresa: Sociedades, EIRL, microempresas, pymes.
- Cuentas personales: Personas naturales con cuentas corrientes o de ahorro.
Si tu cuenta recibe más de 50 transferencias en un mes o más de 100 en un periodo de tres meses, el SII te marcará para revisión.
¿Qué es una transferencia distinta?
Para efectos de esta regla, cada movimiento con:
- Fecha distinta
- Origen (RUT o empresa) distinta
- Monto distinto
se considera como una transferencia única. Repeticiones o devoluciones de la misma operación no suman múltiples eventos.
¿Por qué implementa esto el SII?
- Control de flujos de efectivo y prevención de evasión.
- Detección de operaciones en negro (ventas no documentadas).
- Verificación de coherencia entre ingresos declarados y movimientos bancarios.
Cómo prepararte y justificar tus transferencias
- Llevar registro detallado
- Mantén un libro de cajas o registro digital: fecha, origen, monto y concepto de cada transferencia.
- Emitir boletas o facturas
- Si son ingresos de tu negocio, respáldalos con documentos tributarios.
- Agrupar pagos cuando sea posible
- Coordina con tus clientes/proveedores para concentrar abonos y no multiplicar transferencias.
- Anticipar el límite
- Revisa tu histórico mensual y trimestral para detectar si te acercas a 50 o 100 movimientos.
- Responder con prontitud
- Si recibes un requerimiento del SII, entrega los respaldos en tiempo y forma.
Recomendaciones específicas para empresas
- Automatiza tu facturación: usa sistemas que emitan boletas electrónicas al instante.
- Contratos claros: para compras recurrentes o ventas al interior de tu empresa (p.ej. arriendo de activos).
- Asesoría contable permanente: un contador puede monitorear los flujos y prevenir sorpresas.
Preguntas frecuentes (FAQ)
- Si tengo más de una cuenta bancaria pero con el mismo RUT, ¿las transferencias se suman todas juntas?
Sí. El SII cruza los movimientos por RUT, por lo que las transferencias recibidas en cualquiera de tus cuentas (corrientes o de ahorro) bajo el mismo RUT se acumulan para efectos del umbral de 50 al mes o 100 al trimestre. - ¿Se cuentan también las transferencias que hago entre mis propias cuentas?
Sí, siempre que sean abonos con datos (fecha, monto u origen o destino) distintos. El SII las considera “transferencias distintas” y las suma, incluso si van de tu cuenta A a tu cuenta B. - ¿Qué ocurre con las devoluciones o reversas bancarias?
Las devoluciones por cargos erróneos o reversas (por ejemplo, de una tarjeta de crédito) no se consideran transferencias nuevas, ya que no configuran un ingreso adicional, sino la anulación de un movimiento previo. - ¿Las domiciliaciones o pagos automáticos entran en el conteo?
No. Las domiciliaciones (por ejemplo, pagos automáticos de servicios) son cargos, no ingresos, por lo que no suman al límite de transferencias recibidas. - Si mis clientes pagan varias veces una misma factura (abonos parciales), ¿se cuentan como transferencias diferentes?
Sí. Cada abono parcial que cumpla con al menos una de estas condiciones—monto, fecha u origen distintos—se considera una transferencia única y se suma al total. - ¿Los cheques o giros bancarios entran en la fiscalización por transferencias?
No directamente. El umbral aplica a transferencias electrónicas. Sin embargo, si depositas el cheque en cuenta y este genera un abono con un folio distinto, ese depósito sí podría contarse como transferencia recibida. - ¿Qué documentos me pedirán si me citan por exceder el límite?
- Registro de ingresos: libro de caja o planilla detallada con fecha, origen, monto y concepto.
- Facturas o boletas que respalden cada abono (ventas o arriendos).
- Contratos (por ejemplo, de arriendo de bienes o prestación de servicios) si aplica.
- Cartas aclaratorias o explicaciones escritas sobre agrupaciones de pagos o clientes frecuentes.
- ¿Cómo evito quedar en la lista de fiscalización?
- Agrupar pagos cuando sea posible (ej. concentrar facturas en un solo abono).
- Mantener un registro ordenado y emitir documentos tributarios en cada operación.
- Monitorear tus movimientos mensuales/trimestrales para detectar con anticipación si te acercas al umbral.
Conclusión
La nueva regla de fiscalización por número de transferencias recibidas (50/mes, 100/trimestre) obliga a personas y empresas a mantener un control riguroso de sus ingresos bancarios. Con una adecuada emisión de documentos, registros detallados y comunicación oportuna con el SII, podrás enfrentar cualquier citación sin sobresaltos y demostrar la legalidad de tus operaciones.
¿Tienes dudas sobre este proceso? Consulta con tu contador para ajustar tu sistema de registro y facturación. ¡Mantente siempre un paso adelante del SII!